Lo que debes saber sobre el IVA en Colombia

El impuesto al valor agregado también conocido como IVA es un impuesto indirecto que se aplica a los precios que los consumidores pagan por los bienes o servicios que deciden adquirir.

En Colombia, el precio del IVA equivale a un 19% y aplica tanto para bienes como para servicios, pero puede ser del 14% o 5% . Incluso existen algunos productos que se encuentran exentos de IVA.

¿Quiénes deben pagar IVA?

Este impuesto debe pagarse por toda persona natural y jurídica que realice la compra de algún bien o servicio. 

Además, si la persona declara impuestos, puede utilizar los recibos de sus compras para disminuir el valor que le corresponde por el pago de impuestos.

¿Cuáles son los bienes exentos de IVA?

Actualmente no existe una única ley que estipule cuáles son los bienes y servicios exentos de IVA, sino que se encuentran distribuidos en diferentes normativas. Miremos cuáles son las normativas que mencionan esto:

Estatuto Tributario Nacional, art. 477

De acuerdo al art.477 "bienes que se encuentran exentos del impuesto", están exentos de IVA, con derecho a compensación y devolución, los siguientes bienes:

  • Animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia.
  • Pollitos de un día de nacidos.
  • Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.
  • Carne de animales de la especie bovina, congelada.
  • Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.
  • Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada.
  • Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados.
  • Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.
  • Carnes y despojos comestibles de conejo o liebre, frescos, refrigerados o congelados.
  • Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.
  • Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04. Excepto los atunes de las partidas 03.03.41.00.00, 03.03.42.00.00 y 03.03.45.00.00.
  • Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados.
  • Únicamente camarones de cultivo.
  • Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
  • Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
  • Queso fresco (sin madurar), incluido el lactosuero, y requesón
  • Huevos de gallina de la especie Gallusdomesticus, fecundados para incubación.
  • Huevos fecundados para incubación de las demás aves
  • Huevos frescos de gallina
  • Huevos frescos de las demás aves
  • Arroz para consumo humano (excepto el arroz con cáscara o "Arroz Paddy" de la partida 10.06.10.90.00 y el arroz para la siembra de la partida 10.06.10.10.00, los cuales conservan la calidad de bienes excluidos del IVA)".
  • Fórmulas lácteas para niños de hasta 12 meses de edad , únicamente la leche maternizada o humanizada.
  • Únicamente preparaciones infantiles a base de leche.
  • Provitaminas y vitaminas, naturales o reproducidas por síntesis(incluidos los concentrados naturales) y sus derivados utilizados principalmente como vitaminas, mezclados o no entre sí o en disoluciones de cualquier clase.
  • Antibióticos.
  • Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados, extracto de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos, heparina y sus sales, las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
  • Sangre humana, sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico, antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnológico, vacunas, toxinas, cultivos de microorganismos(excepto las levaduras) y productos similares.
  • Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02,30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados entre sí, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor.
  • Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02,30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados o acondicionados para la venta al por menor.
  • Preparaciones y artículos farmacéuticos.
  • Armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas blancas, de uso privativo de las fuerzas Militares y la Policía Nacional

Para conocer las cláusulas y anotaciones de esta normativa, te invitamos a leer por completo el artículo 477 del Estatuto Tributario Nacional, en el que se mencionan algunas condiciones especiales.

Además, en esta apartado es importante mencionar que a este artículo 477 se le sumaron 3 nuevos bienes que se encontraban en el artículo 424 del mismo Estatuto. Esta modificación se realizó a través del artículo 14 de Ley 2069 de 2020.

  • Inversor de energía para sistema de energía solar con paneles
  • Paneles solares
  • Controlador de carga para sistema de energía solar con paneles.

Estatuto Tributario Nacional, art. 481

 De acuerdo a este artículo del Estatuto Tributario, los bienes y servicios exentos de IVA con derecho a devolución bimestral son:

  • Bienes corporales muebles que se exporten
  • Bienes corporales muebles que se vendan en el país a las sociedades de comercialización internacional, siempre que hayan de ser efectivamente exportados directamente o una vez transformados
  • Servicios que sean prestados en el país y se utilicen exclusivamente en el exterior por empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia, de acuerdo con los requisitos que señale el reglamento.
  • Servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano, originados en paquetes vendidos por agencias operadores u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo.
  • Materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca o entre estos siempre que los mismos sean necesarios para el desarrollo del objeto social de dichos usuarios.
  • Los impresos contemplados en el Artículo 478 del Estatuto Tributario y los productores e importadores de cuadernos de tipo escolar de la subpartida 48.20.20.00.00 y los diarios y publicaciones periódicas, impresos incluso ilustrado o con publicidad de la partida arancelaria 49.02, así como los contenidos y las suscripciones de las ediciones digitales de los periódicos, las revistas y los libros.
  • Los productores de los bienes exentos de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario que una vez entrado en operación el sistema de facturación electrónica y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la DIAN para la aplicación de dicho sistema, lo adopten y utilicen involucrando a toda su cadena de clientes y proveedores
  • Los servicios de conexión y acceso a internet desde redes fijas de los suscriptores residenciales de los estratos 1 y 2.


Te invitamos a leer detalladamente el artículo 481 del Estatuto Tributario Nacional.

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Decreto 551 de 2020

De acuerdo al decreto 551 de 2020, existen al menos 211 insumos médicos que se declararon como exentos de IVA debido a la situación generada por la pandemia 

Estos estarían exentos de IVA hasta diciembre de 2020 pero se extendió la fecha hasta diciembre de 2021

Lista de bienes exentos de IVA, decreto 551:

  • Gafas protectoras
  • Guantes de látex y de nitrilo (Si son para cirugía y el látex es el componente principal)
  • Guantes estériles (Si son para cirugía y el látex es el componente principal)
  • Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3
  • Mascarillas con filtro
  • Protección total del cuerpo: Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sábanas, fundas, traje biológico, polainas y protectores metatarsales) [Se clasifican las prendas de vestir, de tela sin tejer (incluso los gorros) si se presentan en juegos.
  • No incluye la ropa de cama que va por la subpartida 6307.90.90.00]
  • Protector facial: Caretas o visores (De material plástico, para cubrir la cara)
  • Tapabocas desechables
  • Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón) [Se clasifica las prendas de vestir, de tela sin tejer]
  • Cánulas de Guedel o de Mayo
  • Cánulas de traqueostomía
  • Cánulas laríngeas
  • Cánulas nasales
  • Cánulas nasales de alto flujo
  • Cánulas nasofaríngeas
  • Cánulas orofaríngeas
  • Equipo de traqueostomía
  • Estilete o guía de intubación
  • Flujómetro para gases medicinales
  • Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador
  • Kit de intubación
  • Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos)
  • Manómetro para oxígeno y vacío (Como válvulas reductoras que hacen descender la presión de los gases, manteniéndola sensiblemente constante por medio de un obturador accionado generalmente por un elemento manométrico (membrana, fuelle, cápsula, etc.) equilibrado por un muelle de tensión regulable)
  • Mascara de Alto flujo (Ventury)
  • Mascarilla con reservorio
  • Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía)
  • Mascarilla laríngea
  • Mascarilla para nebulizacion – micronebulización
  • Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA
  • Mascarilla simple
  • Mascarillas para anestesia
  • Mascarillas para reinhalación
  • Otros tipos de cánulas
  • Otros tipos de mascarillas
  • Pinza de maguill
  • Prong nasal
  • Regulador para gases medicinales (Como válvulas reductoras que hacen descender la presión de los gases, manteniéndola sensiblemente constante por medio de un obturador accionado generalmente por un elemento manométrico (membrana, fuelle, cápsula, etc.) equilibrado por un muelle de tensión regulable)
  • Respirador manual - Bolsa Auto-inflable – Balón resucitador – Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio
  • Sujetador de tubo de traqueostomía
  • Sujetador de tubo endotraqueal
  • Tubo conector en T y/o Y, Niple conector (Al parecer son partes de aparatos tipo sondas)
  • Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitubo (tubo combinado esófago- tráquea) de diferentes medidas (Al parecer son aparatos tipo sondas)
  • Incentivo respiratorio
  • Inhalo-cámaras
  • Nebulizador y Micro-nebulizador
  • Succionador o aspirador de secreciones
  • Equipos para la apnea (CPAP – BPAP)
  • Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros) [Como partes de aparatos de oxigenoterapia. Algunos aparatos de estos puedes ser clasificados en otras partidas, tal como los filtros de aire que corresponden a la subpartida 8421.39.90.00]
  • Concentradores de O2
  • Ventilador de transporte
  • Ventilador o Respirador de uso domiciliario (Siempre que sea diferente de un concentrador de O2)
  • Ventilador o Respirador hospitalario (Siempre que sea diferente de un concentrador de O2)
  • Pleurovac
  • Sistema de drenaje cerrado para conexión a tubo de tórax o mediastino
  • Tubos de mediastino
  • Tubos de tórax de diferentes números o calibres
  • Válvula de Heimlich
  • Sonda de aspiración –nelaton de diferentes medidas
  • Sonda nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal
  • Sondas de succión abierta o cerrada
  • Sondas urinarias de diferentes clases y medidas
  • Otros tipos de sondas
  • Bombas de infusión y equipo bomba de infusión
  • Bombas de nutrición enteral
  • Bolsa para nutrición parenteral
  • Bolsas para sangre
  • Buretrol (Si se presenta con los demás elementos para el suministro de alimentos o medicamentos)
  • Buretrol (Si se presenta solo)
  • Catéter central (Swanz Ganz y subclavio)
  • Catéter periférico vascular e intraóseo
  • Equipo de plasmaféresis
  • Equipo para presión venosa central
  • Equipo para transfusión sanguínea
  • Equipo para venodisección
  • Equipos de venoclisis
  • Extensión de anestesia
  • Jeringas (de plástico)
  • Jeringas (de otro material)
  • Jeringas de infusión (de plástico)
  • Jeringas de infusión (de otro material)
  • Máquina de diálisis peritoneal
  • Máquina de hemodiálisis
  • Otro tipo de catéteres de acceso vascular periférico y central, arterial y venoso
  • Cardiodesfibrilador
  • Desfibrilador
  • Electrodos para Cardio-desfibrilador
  • Gel para electrodos
  • Capnógrafo
  • Celdas de oxígeno (Para uso en equipos electromédicos)
  • Electrocardiógrafo
  • Electrodos de ventosa (Si son para uso en electrocardiógrafo)
  • Electrodos superficiales (Si son para uso en electrocardiógrafo)
  • Filtros de entrada y salida de aire
  • Monitor de presión arterial
  • Monitor de signos vitales (Medición de frecuencia cardiaca, presión arterial sistólica, diastólica y media, temperatura, saturación de oxígeno, gasto cardíaco)
  • Pulsioxímetro
  • Sensores de temperatura
  • Sensores de EKG (Si son sensores de ECG, como parte de un electrocardiógrafo.)
  • Sensores de saturación de Oxígeno
  • Tensiómetro digital y manual (Del tipo en que el aparato se coloca en el brazo…)
  • Termómetro digital y manual (Del tipo en que el aparato se coloca en el brazo…)
  • Válvulas de flujo (Dependiendo del tipo de válvula y uso.)
  • Doppler fetal
  • Ecocardiógrafo
  • Ecógrafo
  • Equipo de gases arteriales y venosos
  • Espirómetros
  • Fibroscopio y Fibrobroncoscopio
  • Glucómetro
  • Intensificador de imagen portátil
  • Monitor fetal
  • Rayos X portátil
  • Rayos X Arco en C (Si es un tomógrafo, se clasifica en la subpartida 9022.12.00.00)
  • Videolaringoscopio
  • Blanketrol
  • Mantas para calentamiento
  • Camas
  • Camillas
  • Caminadores
  • Grúas
  • Otros dispositivos médicos de movilización
  • Rodillos para traslado
  • Sillas de ruedas (sin mecanismo de propulsión)
  • Sillas de ruedas (con mecanismo de propulsión)
  • Agujas hipodérmicas
  • Aplicadores con punta de algodón (sin impregnación de sustancias)
  • Apósitos (con capa adhesiva)
  • Apósitos (sin capa adhesiva)
  • Esterilizadores
  • Autoclaves
  • Accesorios (partes de esterilizadores y autoclaves)
  • Bolsas mortuorias (de polímeros de etileno)
  • Bolsas mortuorias (de los demás plásticos)
  • Carro de paro cardiaco
  • Centrífugas
  • Dispositivos de bioseguridad para traslado de pacientes
  • Equipo de desinfección por ultravioleta
  • Equipo de órganos de los sentidos
  • Equipo de química sanguínea
  • Equipo para desinfección por ultrasonido
  • Medias antiembólicas
  • Procesadores de muestras de biología molecular
  • Suturas (estériles)
  • Tablero para masaje cardiaco (de plástico)
  • Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70%. (con alcohol al 70%)
  • Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70%; (con clorhexidina)
  • Accesorios para garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios, como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, instrumental, Canecas de residuos, entre otros.
  • Bolsas para recolección de orina
  • Bolsas y tubos para recolección de sangre
  • Bolsas de Ostomía
  • Dispositivos para la recolección de muestras y fluidos, incluida la trampa de recolección de secreciones.
  • (trampa de recolección de secreciones), para los otros dispositivos se requiere mayor descripción)
  • Hisopos con tubo de transporte
  • Neveras de transporte (neveras de plástico para transporte)
  • Pilas de gel
  • Silicona para transporte
  • Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o (linner) con gel solidificante
  • Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o (linner) sin gel solidificante
  • Succionadores
  • Termocicladores
  • Tubos capilares (de vidrio)
  • Tubos heparinizados
  • Tubos de recolección de sangre (con sustancia anticoagulante)
  • Tubos de recolección de sangre (de vidrio, sin impregnación de sustancias)
  • Algodón (Gasas y similares, de algodón hidrófilo)
  • Apósito adhesivo
  • Cinta adhesiva de papel microporoso
  • Compresas. (de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa)
  • Compresas (de guata de materia textil)
  • Compresas (de las demás materias)
  • Electrodos para desfibrilador y/o marcapasos
  • Electrodos desechables (se propone sólo la partida, la subpartida depende del instrumento a que vayan destinados)
  • Esparadrapo
  • Gasas (con yeso y demás sustancias para el tratamiento de fracturas)
  • Gasas (las demás gasas)
  • Gel Conductor
  • Indicadores biológicos de esterilización
  • Papel grado médico
  • Productos para desinfección de dispositivos médicos
  • Suturas de seda (estériles)
  • Válvula exploratoria
  • Vendas
  • Colchón antiescaras (de caucho o plástico celulares)
  • Dispositivos médicos para lesiones de piel por estancias prolongadas
  • Espumas: En diferentes tamaños y formas (región sacra, taloneras, coderas)
  • Alcohol Etílico Gel 63% 65%
  • Alcohol Etílico Solución 70% (desnaturalizado)
  • Alcohol Etílico Solución tópica 96° 72,9 mL / 100 mL (desnaturalizado)
  • Alcohol Etílico + Clorhexidina Gluconato Solución tópica70% + 2%
  • Alcohol Etílico + Clorhexidina Gluconato Solución tópica70% + 1% (P/V)
  • Alcohol Etílico + Clorhexidina Gluconato Solución tópica 76.5mL + 0.45mL /100mL
  • Alcohol Etílico + Alcohol Isopropílico Gel 63g + C. S. P 100
  • Alcohol Etílico + Glicerina Solución tópica 96% + 4%
  • Alcohol Etílico + Mentol Loción 70% + 0.5%
  • Alcohol Etílico + Mentol Loción 70% + 0.39%
  • Alcohol Isopropílico al 99% Solución tópica 63 g / 100 mL
  • Alcohol Isopropílico + Yodo Loción 72% + 7.5%
  • Alcohol Isopropílico + Yodopovidona Loción 72% + 7.5%
  • Clorhexidina Gluconato Solución tópica 0.07% 0.08% 0.45% 2% 1%
  • Clorhexidina Gluconato + Alcohol Isopropílico Solución tópica 2% + 70%, 4% + 70%
  • Soluciones antibacteriales
  • Geles Antibacteriales
  • Jabones (en barras, panes, piezas troqueladas)
  • Jabones (en otras formas)
  • Toallitas húmedas
  • Detergentes para lavado de ropa
  • Desinfectantes (En envases para la venta al por menor)
  • Limpiadores de superficies
  • Productos lavavajillas
  • Báscula pesa para bebés
  • Glucómetro
  • Tensiómetro
  • Pulsoximetro
  • Incubadora
  • Lámpara de Calor Radiante
  • Lámpara de Fototerapia
  • Equipo de órgano de los sentidos
  • Fonendoscopio
  • Ventilador
  • Equipo de rayos X portátil
  • Concentrador de Oxígeno
  • Monitor de transporte
  • Flujómetro (para medir el flujo de gases)
  • Cámara cefálica
  • Cama hospitalaria
  • Cama hospitalaria pediátrica

Sanciones por evasión del pago de IVA

Evadir el pago del impuesto al valor agregado, a través de la compra de mercancía por contrabando o por productos que no han pasado por los controles de aduanas, es considerado un delito y se puede castigar con la pena privativa de la libertad

De acuerdo al artículo 402 de la Ley 599 (Modificado por el art. 339, Ley 1819 de 2016) aquellas empresas que no realicen el recaudo de tasas o contribuciones públicas (como el IVA) dentro del término legal, incurrirán en prisión por un tiempo 48 a 108 meses, además de una multa  equivalente al doble de lo no consignado, sin que supere lo equivalente a 1.020.000 UVT.

Si tienes más dudas con respecto al IVA, no dudes en escribirnos. Con gusto te ayudamos en lo que necesites. 

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